sábado, 6 de diciembre de 2008

SÍNTESIS DE LA RESOLUCION Nº 5135

EJE “puntos sobre modificación de planes y no en los de creación”
Realizado por Mariela Vanina Dolce (22/11/05)

I FUNDAMENTOS, CARACTERÍSTICAS Y GESTIÓN DE APROBACIÓN
1. El plan de estudios hace referencia al programa educativo de una carrera universitaria, constituido por sus asignaturas, con el régimen de correlatividades y de enseñanza correspondiente, todo lo cual se deriva del proyecto de formación sobre el que se basa y que incluye las características del graduado correspondiente.
Cada carrera universitaria se: estructura sobre la base de un piar-: de estudios.
2. En la Universidad de Buenos Aires los planes de las carreras de Grado presentan una estructura que contempla ciclos de formación. El primer ciclo de estudios de grado en la Universidad de Buenos Aires se desarrolla a través del Ciclo Básico Común. El segundo ciclo de estudios de grado corresponde a la etapa de formación contemplada en el plan de estudios que se realiza en las Facultades.
3. Todo plan de estudios debe incluir los elementos siguientes:
a. La fundamentación.
b. Los objetivos.
c. Títulos que ofrezca y las articulaciones entre los distintos recorridos que a ellos conduzcan.
d. Perfil del graduado.
e. Competencias para las que habilita el titulo.
f. La estructura de la carrera, que comprende su organización en ciclos, tramos, años o equivalentes, con las asignaturas y los requisitos correspondientes a cada uno de ellos.
g. El conjunto de requisitos a cumplir por el estudiante para la obtención del título (tesis, trabajo de investigación, práctica profesional u otros).
h. La carga lectiva total de la carrera y el tiempo teórico de duración (en ciclos lectivos).
i. La carga horaria o créditos de cada asignatura.
j. El régimen de correlatividades de las asignaturas.
k. Los contenidos mínimos correspondientes a cada asignatura.
l. El carácter de las asignaturas dentro del plan, ya sea obligatorias, o no obligatorias (electivas u optativas).
m. El ciclo lectivo a partir del cual tendrá vigencia.
n. La determinación de los requerimientos que debe cumplir el estudiante para mantener la regularidad en la carrera.
Los planes de estudios de las carreras pueden presentar un diseño curricular que prevea la existencia de más de un título de grado universitario al finalizar un tramo común de formación, luego del cual los estudiantes pueden optar por distintos trayectos curriculares y obtener diferentes acreditaciones. En tales casos se tratará de carreras con más de una titulación.
12. Para los proyectos de modificación de planes de estudio vigentes:
a. Los motivos que originan la necesidad de la modificación.
b. Deberán exponerse los fundamentos (punto 3 a.) de la nueva estructura del plan, así como la reformulación de los restantes elementos que la actualización curricular afecte.
La fundamentación del plan modificado deberá incluir los resultados de la evaluación del plan anteriormente vigente.
c. La fecha a partir de la cual la modificación del plan comenzará a regir y la fecha hasta la cual el plan modificado tendrá vigencia.
d. Los criterios de compatibilización para ser implementados: mecanismos académico-administrativos de transición entre planes y tablas de equivalencia de las asignaturas o créditos según sea el caso.
e. El período de coexistencia de los planes de estudio y el plazo de validez de regularidad de las asignaturas que cada Unidad Académica estipule.

GLOSARIO DE TÉRMINOS UTILIZADOS EN LAS NORMAS PARA LA GESTIÓN DE CREACIÓN Y MODIFICACIÓN DE PLANES DE ESTUDIO
Asignatura
Tema, materia, asunto. Con asignatura se hace referencia a determinado recorte de un área disciplinar. Los planes de estudio de las carreras universitarias están constituídos por asignaturas, que son cada una de las instancias académicas que el estudiante debe cumplir en el recorrido de su carrera. En este sentido, se designa con este nombre tanto a las materias como a los talleres, laboratorios, prácticas y niveles de idioma que conforman un plan de estudios, en tanto son requisitos académicos que el estudiante debe acreditar.
Tipos de asignaturas
Los planes de estudio de las carreras de la Universidad establecen el carácter de las asignaturas que los componen. En este sentido, se encuentran:
1. Asignaturas de contenido obligatorio: son aquellas que todos los estudiantes deben cursar y aprobar como parte de su formación para la obtención de un determinado título. Lo “obligatorio” está asociado con aquellos núcleos temáticos disciplinares y/o interdisciplinares que deben ser abordados desde la enseñanza para la consecución de los objetivos perseguidos desde el proyecto curricular sustentado por la institución.
2. Asignaturas de contenido no obligatorio: son aquellas que no todos los estudiantes deben cursar y aprobar por igual para la obtención de un mismo título.
Estas asignaturas “no obligatorias” componen un trayecto de formación necesario para la obtención del título, que puede ser seleccionado de distinta manera por distintos estudiantes. Si bien se le permite al estudiante elegir, esta elección está acotada a opciones determinadas por la propia institución y no de forma azarosa. En este sentido, deberán tener una carga lectiva suficiente para garantizar que se impartan contenidos relevantes sin repetir o solapar los ya incluidos en las asignaturas obligatorias.
Asimismo, las asignaturas de contenido no obligatorio se clasifican en:
2.1. Curriculares
2.1.1.Electivas
Son aquellas asignaturas, entre las cuales el estudiante puede elegir, que integran conjuntos cerrados de asignaturas, establecidos en el plan de su carrera. (Res. CS. Nº 2210/03)
Estas asignaturas deberán encontrarse explícitamente determinadas con carácter permanente en dicho plan o en el de otra carrera de la Universidad. (Res. CS. Nº 2210/03)
2.1.2. Optativas
2.1.2.1. Oferta variable
Son aquellas asignaturas entre las que el estudiante puede optar que no están determinadas explícitamente en el plan de estudios de una carrera y que integran una oferta variable, con ajuste a las pautas que establezca dicho plan. (Res. CS. Nº 2210/03)
2.1.2.2. No ofertadas o de libre configuración
Son asignaturas del plan de estudios de la carrera que cursa el estudiante, de otras carreras de la Unidad Académica, de otras Facultades de la Universidad o de otras Universidades o instituciones de formación de nivel superior, nacionales o extranjeras, que a su solicitud se le autoriza a cursar como asignatura optativa.
La autorización y reconocimiento de este tipo de asignaturas será atribución de los Consejos Directivos con ajuste a las pautas siguientes:
a. En todos los casos la autorización deberá ser el resultado de una actividad de orientación y tutoría a cargo del Departamento o Carrera que se trate, mediante la que se garantice que la opción del estudiante es congruente con su proyecto de formación académica.
b. En oportunidad de que las Unidades Académicas soliciten la emisión del título de un estudiante al cual se le hubiere autorizado el cursado de este tipo de optativa deberán acompañar copia de la/s resolución/es mediante la/s cual/es se hubiere concretado el reconocimiento. Asimismo, se registrará en el analítico que a tal efecto se extienda, el número del acto resolutivo correspondiente junto con la denominación de la asignatura.
c. En todos los casos la fecha del acto resolutivo del Consejo Directivo por el que se autorice el cursado deberá preceder a la fecha de aprobación de la asignatura por parte del alumno.
d. Sólo deberá admitirse el reconocimiento de asignaturas ya aprobadas por el alumno cuando la fecha de su aprobación sea anterior ala fecha de inscripción en la carrera que cursa.
e. La posibilidad de reconocimiento de este tipo de asignaturas no deberá superar UN TERCIO (1/3) de la oferta total de materias optativas.
2.2. Extracurriculares
2.2.1. Optativas extracurriculares
No integran el plan de estudios de la carrera, consecuentemente, no suman puntos u horas acreditables para el cumplimiento de los requisitos establecidos en él.
Competencias
Son las actividades académicas y profesionales específicas para las que ese título habilita a quien le posee.
Contenido
Es lo que se enseña. Una institución educativa pretende contener todo lo que considera válido en su campo, que incluye tanto al conocimiento y a la información como a las estrategias de presentarlos y de adquirirlos es decir a los modos de enseñar y de aprender.
En este sentido, se hace referencia con contenidos a los saberes siguientes: por un lado, los resultados sistematizados ce las actividades científicas y de la práctica profesional. Incluyen informaciones e indicaciones sobre formas y procedimientos para operar tanto en el campo de la ciencia corno en el del ejercicio profesional, vocabularios específicos, normas y valores que estructuran los diferentes campos. Por el otro, las disposiciones mentales valoradas para el tratamiento de esas informaciones, la actitud frente a ellas y la manera de considerarlas.
Los planes de estudios definen los contenidos mínimos para cada una de las asignaturas que le componen. A partir de ellas, hay un segundo trabajo de selección y definición de contenidas que realiza cada profesor con su equipe de cátedra.

Contenidos mínimos
Son aquellos saberes esenciales que debe adquirir el estudiante para estar en condiciones de desempeñarse profesional y académicamente en función del perfil de egresado que define el plan de estudios y de las competencias para las que el título lo habilita.

Convalidación
Es la acción que acredita una asignatura de un nuevo plan por otra u otras de planes anteriores. La convalidación puede ser por equivalencia de contenidos entre las asignaturas o por reconocimiento.
Perfil del graduado
Comprende las características que definen al egresado de una carrera teniendo en cuenta los conocimientos y las capacidades que se promueven en ella. Este perfil es coherente con la fundamentación epistemológica, social e ideológica que sustenta el plan de estudies de esa carrera.

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